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FORO CUBANO Vol 5, No. 43 – TEMA: EL PÉNDULO DE LAS DICTADURAS EN AMÉRICA LATINA–

El abrazo de la dictadura: La constitución de Pinochet en Chile

Vistas

Por: Valentina Duarte Salazar

Abril 2022

En mi patria la gente se ocupa de
cultivar los muertos 
busco la historia de mi país entre cadáveres

-Lola Thorne

Una Constitución, como ley de leyes, se encarga de dirimir el aparato institucional de un determinado ordenamiento jurídico regido por la soberanía de un Estado y de un pueblo que carga consigo la identidad de toda una comunidad política. A lo largo del tiempo, los códigos fundamentales han surgido de coyunturas críticas esenciales para el cambio de los sistemas políticos nacionales. Para el caso de América Latina, las constituciones se han configurado bajo procesos de transición democrática o períodos de avance en términos del reconocimiento de los derechos civiles y políticos de la población. De esta forma, los textos constitucionales en su generalidad se han encontrado en un constante cambio conforme a los devenires de la historia política de los Estados. Pese a lo anterior, no todos los procesos para la formación de nuevas constituciones han constado de una entera legitimidad. Contextos como el chileno, durante la dictadura de Pinochet, demostraron como el proceso de formación un nuevo texto constitucional no siempre dirige al Estado a una evolución, sino que también puede llegar a representar un retroceso sobre los estamentos democráticos ya alcanzados anteriormente.

Una constitución enclave de la dictadura

En una Chile de 1973 situada tras el golpe militar que derrocaría al presidente de izquierda Allende y posicionaría en el radar a una Junta militar liderada por el entonces Agusto Pinochet, que se encontraba en aquellos tiempos soportado en las sombras por una cúpula estadounidense liderada por el Presidente Richard Nixon, quien se encontraba enfrascado en su tarea de frenar el avance del comunismo y el socialismo en Iberoamérica. La sacudida política dictatorial dada con la llegada de Pinochet, que removió hasta los escombros de las instituciones chilenas más cimentadas, y que se llevó a más de 40.000 víctimas entre torturas, asesinatos, desapariciones y violaciones; no encontró saciedad en alcanzar la posesión a la fuerza del control completo del Estado, sino que también, se cráneo una estrategia capaz de socavar el poder legislativo y que más tarde terminaría plantando una semilla de una dictadura de facto establecida hasta 1990 y que mantuvo sus gérmenes y vestigios hasta una Chile independiente y democrática situada en el año 2021. Fue así como, la constitución tramposa de Chile de 1980, dinamito el establecimiento democrático de un diseño institucional ya prestablecido neutralizando “la agencia política del pueblo” (Atria, 2013) durante los períodos más recientes de la dictadura y revirtiendo drásticamente los crecientes niveles de inclusión social y participación política que había alcanzado el país durante la vigencia de la constitución de 1925.   


En la vigencia de la Constitución de 1980, las fuerzas republicanas se movilizaron en beneficio de un militarismo que se refugiaba en los enclaves autoritarios articulados en el Código Político. El rol de tutela ostentado por parte de los militares gracias al texto constitucional establecía un “régimen de pluralismo limitado” (Heiss, 2018), donde el sistema político se encontraba a la merced de las fuerzas armadas sirvientes al Estado dictatorial. Asimismo, el texto tomaba atribuciones ilegitimas sobre la extensión del período de gobierno presidencial que, para Pinochet gracias su propia normativa, se extendería unos ocho años hasta 1989. Ante la pérdida de un plebiscito que le permitiera prolongarse más tiempo en el poder, las reglas establecidas por la Constitución siguieron favoreciendo a la tiranía de la derecha de Pinochet quien, pese a sus crímenes y despotismo, logró quedarse ocho años más como Comandante en Jefe del Ejército y después como senador vitalicio de Chile hasta que fue detenido en Londres para la época de 1998. Los militares mantuvieron niveles de autonomía e intervención política incompatibles con la democracia. 

 

La Constitución de 1980 también se hizo a la guarda del poder de veto que le permitió a la derecha chilena en ese entonces copar los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, creando de paso una cultura de excesiva limitación a la acción política y a la interpretación de los legisladores de la oposición situados en la época. Acorde a lo anterior y como lo señala Heiss (2018), el proceso político se tornó irrelevante debido a las multidinarias estrategias de la dictadura para favorecerse en el poder. Normativas como el establecimiento de un exagerado quorum y la implementación de mecanismos supramayoritarios garantizaron la permanencia de los herederos políticos de la dictadura. Fue este sistema de supermayorías (que incluía 18 leyes orgánicas) el que neutralizó momentáneamente en el entrado siglo XXI el potencial transformador de una reforma democrática que ahora no solo debía hacerse a la tarea de corregir los desbalances institucionales, sino que también tenía el deber de penetrar las arbitrariedades acaecidas en los ámbitos de la vida política, el sistema electoral binomial y el poder del Tribunal Constitucional. Es necesario plantear en este punto los cuestionamientos típicos sobre la materia, ¿Qué tanto duraría la vigencia de una carta magna servil para algunos, pero inútil para la mayoría de la sociedad civil en una sociedad ya transitada a la democracia? ¿Cómo se gestaría el movimiento para una reforma entera constitucional o para la construcción de un nuevo proyecto de constitución? 

 

¿Un respiro para la democracia?

 

Después de múltiples debates que pusieron en vilo la dilación por una nueva constitución, los movimientos políticos de agrupaciones civiles en Chile no se hicieron esperar y, tras fuertes protestas y cuestionamientos al Estado, se dio inicio a un proceso pre-constituyente en el período de 2015-2016 donde participo ampliamente la coalición de centro- izquierda Nueva Mayoría – heredera de la Concertación más el Partido Comunista—que incluyó como prioridad la creación de una nueva constitución a través de un procedimiento que fuera al mismo tiempo “democrático, institucional y participativo” (Heiss, 2018). La reforma planteaba en un inicio establecer un Estado social y democrático que comenzó a tomar forma bajo la presidencia de Michelle Bachelet. Ante un proceso accidentado, el proceso constituyente surtió de diferentes reclamos de ilegitimidad en un período indispensable para recuperar la confianza en el sistema político. Pasarían unos años hasta que la presidencia de Piñera en Chile en el 2020 consagrará un plebiscito bajo la consigna “"¿Quiere usted una Nueva Constitución?". En este proceso se tomó en cuenta la opinión de la ciudadanía que depositaría su confianza en los 155 miembros de la Convención constituyente que se encargarían de redactar la nueva constitución.  De igual forma, se instaría a un control jurisdiccional por parte de la Corte Suprema de Justicia para reclamar infracciones relativas al procedimiento aplicable a la convención en este proceso excepcional donde no sería solo el gobierno quien definiría el cambio constitucional, sino la propia ciudadanía. 


Ante las amplias expectativas, las resoluciones sobre el problema constitucional no cumplieron con los mínimos que sociedad civil esperaba. De este modo, la ciudadanía causo revuelos e inclusive protestas en el presente año 2022 ante el inconformismo por la nueva Constitución. Paradójicamente, el proceso de la nueva constituyente debía traer la aprobación de la población, pero por el contrario trajo el rechazo de la sociedad civil que no hizo sino encontrar fallos dentro del proceso de la convención.  Ante la convención constituyente se presentaron diversos fallos sobre la concertación de los diferentes grupos políticos. Por un lado, los partidos tradicionales de la derecha y la centro-izquierda sufrieron del voto castigo siendo inclusive excluidos de algunas negociaciones sobre la convención, mientras que las fuerzas independientes obtuvieron una buena cantidad de escaños. Este hecho produjo una amplia polarización sobre los acuerdos de la nueva constituyente haciendo que los debates constructivos al interior de la asamblea fueran difusos y caóticos. Lo anterior ha generado que la opinión pública visualice solo debates fallidos sin ningún avance. Asimismo, junto a estos problemas se suma un déficit comunicacional donde no existe una distinción sobre las normas aprobadas por un sector y las que reciben un apoyo pleno por parte de la asamblea, por lo tanto, no hay una distinción clara sobre el borrador constitucional.  


Nuevamente, la ciudadanía chilena queda a la espera de un arreglo constitucional prometido ante una espera de más de 40 años. 

 

Referencias

 

Atria. (2013). La Constitución Tramposa. 2022, de LOM Ediciones. 


Heiss. (2018). Participación Política y elaboración constitucional: el caso de Chile. 2022, de Universidad de Chile.
 

 

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